Auspicio a emisoras (D.1021-99)
Última actualización: 12 de marzo de 2014
Se entiende por auspicio la contribución en dinero u otros recursos, que una persona efectúe para que se produzca un programa específico o se adquieran los derechos de su transmisión.
Última actualización: 12 de marzo de 2014
Se entiende por auspicio la contribución en dinero u otros recursos, que una persona efectúe para que se produzca un programa específico o se adquieran los derechos de su transmisión.