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Asuntos financieros

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Suscripción facilidades de pagos

ütima actualización: 04 de abril de 2023

Figura jurídica mediante la cual el Ministerio / Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, permite al deudor en cualquier momento del proceso de cobro (persuasivo o coactivo), cancelar por cuotas y/o ampliar el plazo otorgado inicialmente para el pago de sus obligaciones.

Descripción:

Mecanismo de pago mediante el cual el deudor en mora se compromete al pago de las obligaciones respectivas en un plazo de 1 hasta 60 meses contados desde la resolución que lo concede y cuyo cumplimento es respaldado con garantías de carácter personal; póliza de seguros o real; Póliza de cumplimiento de compañías de seguro o aval de una institución financiera, dependiendo de la suma que será objeto de la facilidad de pago.

Con el fin de dar claridad y posibilitar el acceso rápido y fácil a este mecanismo de pago, el cual proporciona al deudor ventajas tales como el considerarse al día mientras pague cumplidamente la cuota y evitar reportes en el Boletín de Deudores Morosos del Estado -BDME de la Contaduría General de la Nación, el GIT de cobro coactivo implementó mejoras en el procedimiento de cobro coactivo de obligaciones, mediante su actualización a la versión 7 en el isolucion 4.8, a través de la cual se reducen de 64 a 18 pasos la cantidad necesaria para el adelantamiento del mismo, dando cumplimiento así al Decreto Ley Anti trámites 2106 de 2019 y optimizando el recaudo de las obligaciones en cobro.

Simultáneo a lo anterior, se moderniza el servicio y la atención a los ciudadanos, por medio de la mejora tecnológica que permite la radicación de la solicitud de otorgamiento de facilidad de pago, a través de la página web https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/Atencion-y-Servicio-a-la-Ciudadania/Informes-de-PQRSD/125804:Registro-PQRSD, con el cumplimiento de los requisitos documentales y de garantías, establecidos para el efecto en el Manual de Cobro Administrativo en etapa Persuasiva y Coactiva de la Entidad actualizado mediante la Resolución 04674 de 2022.

Dirigido a:

  • Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones.
  • Concesionarios de los Servicios de Radiodifusión Sonora.
  • Operadores Postales.

Pasos a seguir:

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas por el trámite.
    - Cédula de ciudadanía (copia).
    - Acta, de la Junta Directiva u órgano social competente en la que consta la autorización para suscribir la Facilidad de Pago
    - Poder si la solicitud de facilidad de pago se presenta por apoderado, se deberá adjuntar el poder debidamente conferido por el interesado autenticado y aportar fotocopia del documento de identidad del apoderado y de la tarjeta profesional
    - Quienes soliciten Facilidad de Pago por concepto de auto liquidaciones, deberán adjuntar Formulario Único de Recaudo debidamente diligenciado y presentado en la respectiva entidad financiera autorizada para tal fin.
    - Formulario de Solicitud Facilidad de pago.

    Excepción 1: Podrán otorgarse facilidades de pago sin garantía sobre aquellas obligaciones que cumplan las siguientes condiciones: i) Que el monto del capital y sus intereses y/o de la sanción y su indexación, liquidados a la fecha de la solicitud no supere las tres mil (3.000) UVT; ii) Que el término del plazo solicitado no sea superior a un (1) año.

    Excepción 2: Garantía personal: póliza aplicable para obligación u obligaciones que no excedan de tres mil (3.000) UVT vigentes a la fecha de la solicitud.

    Excepción 3: Garantía real: Consiste en la posibilidad que tiene el deudor de constituir hipoteca en primer grado o prenda con o sin tenencia, cuando el valor de la deuda objeto de la solicitud de Facilidad de Pago supere los tres mil (3.000) UVT vigentes a la fecha de la solicitud.

    Excepción 4: Póliza de cumplimiento: póliza de compañías de seguro o aval de una institución financiera.

  2. Presentar la solicitud y los documentos requeridos:
    Esta solicitud podrá presentarse personalmente o de manera virtual en los canales oficiales de la Entidad (actualmente, la sección Atención y Servicio a la Ciudadanía-PQRSD, el correo electrónico minticresponde@mintic.gov.co), dirigida a la Coordinación del GIT de Cartera o a la Coordinación del GIT de Cobro Coactivo, dependiendo en donde se encuentre la obligación.

Tiempo Estimado del Trámite:

20 día(s) hábiles.

Medios para hacer seguimiento:

Para consultar el trámite de facilidad de pago, puede hacerlo a través de la página web :https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/Atencion-y-Servicio-a-la-Ciudadania/Informes-de-PQRSD/125805:Consultar

Resultado:

Facilidad de pago mediante Acto Administrativo.

Normatividad:

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