13 de marzo de 2015
Cesión y transferencia de los derechos de la concesión Radiodifusión Sonora. (R. 415-10)
La cesión por acto entre vivos de los derechos y obligaciones derivados de la concesión requiere autorización previa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Aplica solo para concesiones de Radiodifusión Sonora Comercial.
La cesión por acto entre vivos de los derechos y obligaciones derivados de la concesión requiere autorización previa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Aplica solo para concesiones de Radiodifusión Sonora Comercial.