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13 de marzo de 2015

Prórroga de contratos de concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones y de televisión. (L.1150-07)

El término de duración de las concesiones actuales y futuras para la prestación de los servicios y actividades de telecomunicaciones, incluidas las de televisión, será de diez (10) años prorrogables por lapsos iguales. En ningún caso habrá prórrogas automáticas ni gratuitas.

El término de duración de las concesiones actuales y futuras para la prestación de los servicios y actividades de telecomunicaciones, incluidas las de televisión, será de diez (10) años prorrogables por lapsos iguales. En ningún caso habrá prórrogas automáticas ni gratuitas.

Contratos, prórroga, telecomunicaciones, prórroga de contratos de concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones y televisión
  • Actualizado el: lunes, 07 de septiembre de 2020