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Ministerio TIC expide resolución frente a la prestación de servicios con cargo a la franquicia postal y usos, pagos y reconocimiento del correo electrónico postal certificado

Nacional
Última actualización: 25 de febrero de 2025
  • De acuerdo con las normativas vigentes, el Ministerio TIC publicó la Resolución 00466 del 17 de febrero de 2025, mediante la cual se fijan las condiciones de prestación de los servicios con cargo a la franquicia postal, incluyendo el correo electrónico postal certificado, así como el procedimiento para su reconocimiento y pago.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió la Resolución 00466 del 17 de febrero de 2025, "Por la cual se fijan las condiciones de prestación de los servicios con cargo a la Franquicia Postal, las condiciones de uso del correo electrónico postal certificado, así como el procedimiento para el reconocimiento y pagos asociados a la prestación de ese servicio". Lo anterior, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 1369 de 2009, así como la nueva franquicia por correo electrónico postal, regulada en el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022. Esta última permite la notificación personal por medio de mensajes de datos en procesos judiciales.

Esta reglamentación, publicada durante los últimos días, también define el procedimiento para el reconocimiento y pago de este servicio al Operador Postal Oficial de Colombia, Servicios Postales Nacionales S.A.S., por parte del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Además, esta normativa destaca que el Operador Postal Oficial, 4-72, seguirá prestando el servicio de correo tradicional con cargo a la franquicia postal y, adicionalmente, podrá realizar notificaciones electrónicas para las entidades con derecho a este beneficio, en los términos establecidos en la normativa vigente.

Durante la etapa de consulta pública del borrador de la resolución, el Ministerio TIC recibió 19 comentarios de cuatro interesados, entre ellos, Servicios Postales Nacionales S.A.S. y Colpensiones. Estas observaciones fueron fundamentales para la estructuración final del documento.

De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 3 y el artículo 47 de la Ley 1369 de 2009, el parágrafo 3 del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022 y el artículo 2.2.8.2.2.8 del Decreto 1078 de 2015, esta resolución busca garantizar la eficiencia y continuidad en la prestación de los servicios postales bajo la franquicia postal.

Con esta iniciativa, el Ministerio TIC reafirma su compromiso con la modernización y optimización de los servicios postales en Colombia, promoviendo la transformación digital y la eficiencia en los procesos de notificación judicial.

El informe de observaciones y respuestas al proyecto está publicado en el siguiente enlace:

Diario oficial, Resolución 00466 del 2025

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