Obtener la devolución y/o compensación de pagos en exceso o lo no debido, si ha cancelado sumas mayores por concepto de obligaciones no tributarias o ha efectuado pagos sin que exista causa legal para hacer exigible su cumplimiento.
Reunir documentos y cumplir condiciones
- Formato Único de Devolución, diligenciado y firmado.
- Certificado de existencia y representación legal para Personas jurídicas no mayor a 30 días.
- Cédula de ciudadanía del representante legal y/o apoderado.
- En caso de que ser apoderado, debe allegar la solicitud firmada por el representante legal.
- Certificación cuenta bancaria no mayor a 30 días.
- Documento que acredite la representación legal (personas jurídicas que no estén inscritos en cámara de comercio).
Presentar la solicitud y los documentos requeridos
- Radicar la documentación electrónicamente ingresando al menú principal de Atención y Servicio a la Ciudadanía opción "PQRSD" del portal del MinTIC o a través del correo electrónico minticresponde@mintic.gov.co, o en el Punto de atención presencial (Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Bogotá, D. C. de lunes a viernes de 8:30 am - 4:30 pm, Cra. 8a No. 12 - 13)
Notificación del resultado del trámite
- La notificación se realizará siguiendo las reglas previstas en la Ley 1437 de 2011 CPACA.
90 día(s) hábiles
Acto Administrativo que ordena la devolución y, la transferencia de los recursos.