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Preguntas frecuentes

Régimen Unificado de Contraprestaciones

¿Cuál es el marco juridico para el cobro de tasas cánones o contraprestaciones en materia de telecomunicaciones en Colombia?

El Decreto 1161 de 2010, compilado en el Decreto 1078 de 2015 Titulo 6 Capitulo 1 articulo 2.2.6.1.1.1 " Este capitulo tiene por objeto establecer el régimen unificado de contraprestaciones (…)" establecio el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los trámites para su liquidacion, cobro, recaudo y pago.

¿Qué se entiende por contraprestacion?

Contraprestacion: Son todos los recursos, derechos, cánones, tasas, tarifas y compensaciones o participaciones que una persona natural o juridica, publica o privada, debe pagar a favor del Fondo de Comunicaciones adscrito al Ministerio de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones por concepto de las concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones.

¿Se pueden pagar las contraprestaciones con trasferencia electronica y/o ACH?

No.

¿Cuánto cuesta registrar una cadena de radiodifusion sonora?

Por concepto del registro de cadenas de radiodifusion sonora se pagará una suma equivalente a cien (100) salarios minimos legales mensuales vigentes, sin perjuicio del pago por concepto del uso del espectro radioeléctrico que se asigne para ese fin, cuando sea del caso. Suma que deberá ser cancelada dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes a la ejecutoria del acto administrativo del registro.

Articulo 10 del Titulo 7, Capitulo1, Articulo 2.2.7.1.1 del Decreto 1078 de 2015 Por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones y permisos en materia de servicios de radiodifusion sonora y se dictan otras disposiciones.

¿Donde se consigue el formulario de autoliquidacion y su instructivo?

El formato unico de autoliquidacion y su instructivo los podrá bajar de nuestra página web en "Atencion Cliente", "Donde pagar los derechos" y "formulario de autoliquidacion y liquidacion.

¿Ante qué oficina se solicita un estado de cuenta?

El estado de cuenta se solicita mediante carta escrita dirigida al Grupo de Facturacion y Cartera y deberá estar firmada por el concesionario del servicio o su representante legal.

¿La presentacion del original y las dos copias de las que habla el instructivo del formulario de autoliquidacion, es ante el banco o ante el Ministerio?

Es ante el banco o entidad financiera en donde se cancele la autoliquidacion

¿Con la presentacion y pago del formulario de autoliquidacion en el banco se entiende presentada la autoliquidacion o adicionalmente debe radicarse copia del formulario en la ventanilla?

No es necesario radicar copia del formulario en la Ventanilla Única del Ministerio de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones por cuanto el banco envia una copia al Ministerio.

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