Estaciones de radiodifusión sonora de operación itinerante. (R.415-10)
Última actualización: 13 de marzo de 2015
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá otorgar licencias para la prestación del Servicio de Radiodifusión Sonora de Interés Público, mediante el establecimiento de estaciones de radiodifusión sonora de operación Itinerante, por razones de seguridad, protección pública, como para la realización de campañas sociales y de salubridad pública y, para la prevención, atención y mitigación de emergencias y desastres.
Última actualización: 13 de marzo de 2015
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá otorgar licencias para la prestación del Servicio de Radiodifusión Sonora de Interés Público, mediante el establecimiento de estaciones de radiodifusión sonora de operación Itinerante, por razones de seguridad, protección pública, como para la realización de campañas sociales y de salubridad pública y, para la prevención, atención y mitigación de emergencias y desastres.