
Luego de revisar y analizar su Manual de Funciones y sus equivalencias, el Ministerio TIC presenta un proyecto de Acto Administrativo que tiene como propósito incluir las equivalencias de los empleos del nivel asesor de la planta estructural correspondiente a los despachos del Ministro y de los viceministerios de Conectividad y de Transformación Digital. Esto se hace conforme a lo previsto por el Decreto 1083 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública".
Para ajustarse a ese documento, se realizó un análisis técnico que sustenta dichos ajustes, según lo señalan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En ese análisis se estipula que, de acuerdo con la jerarquía, las funciones, las competencias y las responsabilidades de cada empleo, las autoridades competentes podrán prever la aplicación de equivalencias al fijar los requisitos específicos de estudio y de experiencia para su ejercicio.
Vale la pena mencionar que esto se realiza conforme al concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública, "Cada entidad pública de manera discrecional y autónoma podrá establecer dentro de su Manual de Funciones, las equivalencias que considere pertinentes de acuerdo con los perfiles que requiera para cumplir con su misionalidad o por las necesidades del servicio".
Así mismo, y para con el fin de ajustarse a lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 4 del Decreto 498 de 2020, en aplicación del numeral del 8 del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, se tendrán en consulta, por el término de diez (10) días hábiles, el proyecto de Acto Administrativo, el análisis técnico y el ajuste, resaltando en color amarillo en la documentación el análisis técnico que sustenta la inclusión de las equivalencias a los empleos del nivel asesor de la planta estructural correspondientes al despacho del Ministro y los despachos de los viceministerios de Conectividad y Transformación Digital.
Igualmente, según lo previsto en los Acuerdos colectivos suscritos con las organizaciones sindicales, el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adelanta el proceso de consulta y recepción de observaciones con las organizaciones sindicales de la entidad.