Tramite de Prorroga del Servicio Postal de Mensajería Expresa
ütima actualización: 22 de mayo de 2025
Descripción
En virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 14 de la ley 1369 de 2009, el título habilitante como operador postal del servicio de mensajería expresa, podrá prorrogarse por un periodo de 10 años.
Dirigido a:
Los operadores postales con licencias vigentes del servicio de mensajería expresa, próximas a cumplir el plazo de 10 años de la habilitación inicial.
Pasos a seguir:
Según las disposiciones del artículo 4 de la ley 1369 de 2009 y el artículo 1 del Decreto 621 de 2020, que adicionó el artículo 2.2.8.1.12 al Decreto 1078 de 2015, los requisitos para solicitar la prórroga son los siguientes:
- Presentar manifestación de interés en prorrogar con (3) meses de anticipación al vencimiento del título habilitante, el cual se contabiliza desde la fecha inscripción en el Registro Operadores Postales (ROP).
- Presentar constancia que certifique que el operador cumple con los requisitos operativos y de red previstos en la resolución 3271 de 2011(o la norma que la adicione o modifique).
- Aportar estados financieros que demuestren que el operador mantiene el capital social de mil (1000) SMLMV.
- Existen dos modalidades de pago para cancelar el valor de la contraprestación por concepto de prórroga, la cual asciende a cien (100) SMLMV calculados en UVB, son:
i)Un solo pago; o ii) cinco (5) pagos diferidos en los primeros 5 de la prórroga, esta modalidad requiere la presentación de pólizas o garantías.
El operador debe indicar en el escrito de su solicitud de prorroga la modalidad de pago escogida. - Culminada la etapa de acreditación y revisión de la información documental de la solicitud de prórroga, el Ministerio procede a verificar que el operador se encuentre a paz y salvo en el cumplimiento de sus obligaciones con el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- Expedición, notificación y firmeza del acto administrativo de prórroga.
- Pago del valor de la contraprestación de cien (100) SMLMV calculados en UVB, por concepto de prórroga.
- Actualización de las fechas de la vigencia de la habilitación en el Registro de Operadores Postales (ROP) por parte del Ministerio.
- Los canales habilitados para la entrega de los documentos son los siguientes, y no requieren usuario y contraseña:
► Correo electrónico: minticresponde@mintic.gov.co
► Dirección física: Horario de Atención Presencial: Lunes a viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m. Jornada Continua Edificio Murillo Toro Cra. 8a entre calles 12A y 12B Bogotá
► Página web: https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/ Atención y servicio a la ciudadanía / Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD)
Tiempo Estimado del Trámite:
El procedimiento de prórroga se regula por términos previstos para el derecho de petición en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Medios Para Hacer Seguimiento:
- Presencial: Ventanilla del Punto de Atención Presencial ubicado en el Edificio Murillo Toro Carrera 8a entre calles 12A y 12B Bogotá, Colombia, de lunes a viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m. Jornada Continua
- Teléfono: Conmutador: +57 601 344 34 60 - Línea Gratuita: 01-800-0914014, de lunes a viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m. Jornada Continua.
Resultado:
Acto Administrativo que concede la prórroga del servicio postal de mensajería expresa, por un término de 10 años contados a partir del día siguiente de la fecha de finalización de la licencia inicial.
Normativa
Consulta general de la normativa Compilación Normativa MinTic - Búsqueda Avanzada
- Ley 1369 2009 Ley 1369 de 2009
- Decreto 1078 de 2015 titulo 8 capitulo 1 y 4.
- Decreto 621 de 2020.