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Servicio de Correo

Última actualización: 24 de junio de 2022

En Colombia, el servicio de correo es de prestación exclusiva del Operador Postal Oficial (OPO). A través de este servicio, el OPO o concesionario de correo recibe, clasifica, transporta y entrega objetos postales de hasta dos (2) kilogramos de peso, sin guía y sin seguimiento. Este servicio se divide en:

  • Envíos de Correspondencia: servicio por el cual el Operador Postal Oficial o concesionario de correo recibe, clasifica, transporta y entrega objetos postales. Estos se clasifican en servicios de correo prioritarios y no prioritarios de hasta dos (2) kilogramos.
  • Encomienda: Servicio obligatorio para el Operador Postal Oficial o Concesionario de correo, que consiste en la recepción, clasificación, transporte y entrega no urgente, de objetos postales, mercancías, paquetes o cualquier artículo de permitida circulación en el territorio nacional o internacional, con o sin valor declarado, hasta con un peso de treinta (30) kilogramos.

Para consultar la normativa vigente relacionada con la Concesión de Correo ingrese a:

Decreto 223 de 2014 compilado en el Decreto 1078 del 2015, Resolución 1121 del 2014 y 1134 del 2021 del MinTIC y Resolución 6128 del 2020 de la CRC, compilada en la Resolución 550 del 2016.

registro postal, Subdirección de Asuntos Postales, sector postal colombiano,