Plan Técnico Nacional
Última actualización: 15 de abril de 2024
Nota importante:
Con ocasión a la expedición de la Resoluciones ANE 463 del 21 de diciembre de 2020 y 742 de 18 de octubre de 2023, por medio de las cuales se actualiza y moderniza el Plan Técnico de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada y la Resolución 805 del 19 de diciembre de 2022 por la cual se modifica el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.), se publican para todos los interesados y concesionarios del sector, los documentos requeridos para la presentación de estudios técnicos, clic aquí.
¿Qué es?
El Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora es el instrumento mediante el cual el Gobierno Nacional establece la ordenación técnica del espectro radioeléctrico del servicio, señala las condiciones técnicas para las diversas formas de transmisión y define los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora. Con fundamento en dicho plan, se determinan los canales y/o frecuencias que pueden ser objeto de las respectivas concesiones y se establecen las condiciones técnicas para la prestación del servicio.
Es importante mencionar que el Plan Técnico de Radiodifusión Sonora tiene como objetivo establecer el marco técnico que permita la adjudicación del mayor número posible de canales radioeléctricos libres de interferencias objetables, de tal forma que se facilite la asignación de dichos canales y se racionalice el uso de este recurso de conformidad con los lineamientos del Reglamento de Radiocomunicaciones y las Recomendaciones de la UIT-R. (Ver Articulo 2 Resolución 463 de 2020).
¿Por qué es necesario el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora?
El espectro radioeléctrico1 es un recurso natural limitado, por lo que es necesario contar con una herramienta de planificación y administración que garantice la optimización del mismo y la operación de las estaciones sin causar o recibir interferencias objetables2 relacionadas con la afectación del servicio de radiodifusión sonora u otros servicios de telecomunicaciones.
Para las estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) se encuentran definidos los siguientes parámetros técnicos esenciales: la frecuencia de operación, la potencia radiada aparente, la ubicación del sistema de radiación, clase de emisión y ancho de banda, y los demás parámetros descritos en 742 del 18 de octubre de 2023, que modificó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) Más información AQUÍ.
Para las estaciones de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (A.M.) se encuentran definidos los siguientes parámetros técnicos esenciales: la frecuencia de operación, la potencia radiada aparente, la ubicación del sistema de radiación, clase de emisión y ancho de banda, además de los contemplados en el Documento del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) actualizado mediante la Resolución No. 805 del 19 de diciembre de 2022. Más información AQUÍ.
1. El espectro radioeléctrico es un recurso en el cual se definen varias frecuencias a través de las cuales se prestan servicios de comunicaciones como: radiodifusión sonora, televisión, telefonía móvil, comunicaciones satelitales, redes Wifi, entre otros.
2. Es la interferencia ocasionada por una señal que excede la máxima intensidad de campo admisible dentro del área de servicio, de conformidad con los valores determinados según las disposiciones, establecidas en los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora
Beneficios del Plan Técnico
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Garantiza la prestación del Servicio Público de Radiodifusión Sonora con óptima calidad.
Minimiza la probabilidad de que se presenten interferencias entre las estaciones de Radiodifusión Sonora y, por ende, se degrade el servicio.
Permite hacer un uso óptimo del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio Público de Radiodifusión Sonora.
Reduce el tiempo para la asignación de canales radioeléctricos gracias a que incluye canales proyectados.
Facilita el control de las estaciones de Radiodifusión Sonora y la supervisión del espectro radioeléctrico por parte del Ministerio y la ANE.
Plan Técnico Nacional Vigente
Es importante destacar que el artículo 36 de la Ley 1978 de 2019, estableció: "(…) además de las funciones asignadas en la Ley 1341 de 2009, el Decreto Ley 4169 de 2011 y la Ley 1753 de 2015. la Agencia Nacional del Espectro ejercerá las siguientes funciones: (…). Establecer y mantener actualizado los planes técnicos de radiodifusión sonora". Por lo anterior, actualmente la Agencia Nacional del Espectro -ANE, es la entidad competente para actualizar los planes de radiodifusión sonora, de acuerdo con las necesidades del sector.
(Esta información está sujeta de acuerdo a las modificaciones que sean publicadas en la página de la ANE)
Adicionalmente, la herramienta VISOR DE ESPECTRO de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) a través del módulo de ocupación de espectro, brinda a los usuarios la posibilidad de conocer la asignación y disponibilidad del espectro en tiempo real. Asimismo, para el servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) esta herramienta permite identificar los municipios donde tendrá cobertura una estación.
Histórico Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora
AÑO |
RESOLUCIÓN |
PLAN AM |
PLAN FM |
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2019 |
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2018 |
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2017 |
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2017 |
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2016 |
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2016 |
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2015 |
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2014 |
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2013 |
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2012 |
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2012 |
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2011 |
Actualización PTNRS AM de diciembre 2011 |
Actualización PTNRS FM de diciembre 2011 |
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2011 |
Actualización PTNRS AM de noviembre 2011 |
Actualización PTNRS FM de noviembre 2011 |
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2011 |
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2010 |
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2010 |